cubrirse toda inversión de capital; el 15 de la produeción, alcanzaría a $ 90 aproximadamente, lo que daría un valor al capital de $ 600 por hectárea de alfalfa; $ 300 por hectárea de terreno nivelado; $ 180 los terrenos sin mejoras y pastos naturales; agregando el valor de las mejoras y construeciones, estableciendo así, por las demás consideraciones que formula, un precio total como valor de la indemnización, de $ 7.347 m/n.
Según el perito del Estado expropiante, el total del valor del campo y sus mejoras, debe establecerse en la suma de $ 17.760,36 m/n., según la tasación que establece err la siguiente forma:
Poblaciones .. .. .. «+ ===. .... $ 350000 Alamos y frutales .. .. .. .. .. .. » 5.000,00 15 hs. cultivadas, a $ 180 la hectárea , + 2.700,00 131 hs, susceptibles de riego, a $ 50 la hectárea .. .. .. .. ...... » -—656036 Total .. .... $ 17.760,36 Tiene en cuenta, como puntos de referencia, arrendamientos y ventas de propiedades vecinas, en un porcentaje entre $ 3,33 m/n. y 6 200 m/n. por heetáres, de campos de propiedad de Mazzini Ezcurra, con superficie de 50.000 hectáreas 2 $ 10.000 por año, de Alberto Ascheri, de Carlos Guevara, de Fernando Gustazur y Lavalle y Santiago Adad, la familia Canter, $ 20 la hectárea, D. Gastón Rambeaud, $ 18 la hectárea, Alberto Cayol, sobre el camino a Chile, $ 9 por hectárea, El perito tercero, en su dictamen de fs. 129 establece el valor del campo y sus mejoras en la siguiente forma:
Construeciones .. .. -. -- -- .. .. $ 1668490 ¿Frutales e -- == -- ==... 7. > 480 Alamos y Sauces . .. +. .. ...... » 12.952,00 Alambrados .. .. -. =- -- .. .- .. » 1171152 Terrenos .. .. ==. . .. e e...» 1465520 Total .. .... $ 60.439,62 En cuanto al valor de los terrenos, expresa que dadas las distintas características, 10 es posible dar un valor uniforme, lo que debe tenerse en cuenta su utilidad, para establecer Tos precios. En la parte norte y sud, se encuentran los mallines neupando la superficie de 17 hectáreas, a un precio unitario de $ 110 por hectárea. Hay 30 heetáreas de regadío, terréA t
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:71
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