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Fallos: 220:768 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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70 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA nombre de "The Patagonian Sheep Farming C°"' entre otras varias firmas que, a su entender, son representadas por esa sociedad. La compañía telefónica, a su vez, informa a fs. 43, que a nombre de la actora no figura registrado ningún servicio telefónico.

Que de autos resulta que "The Patagonian Sheep Farming C°"" inscribió una sucursal de la sociedad en el Registro Público de Comercio, la que aparece establecida sin autorización del Poder Ejecutivo (fs. 40 vta.).

Que dicha Sociedad ha remitido siempre sus balances y cuentas de ganancias y pérdidas desde el año 1909 a 1943 y, según informe de la Inspección General de Justicia, contestando un oficio judicial en el que se le averigua si sólo están obligadas a enviar balances a esa repartición las sociedades anónimas argentinas o las extranjeras que tengan sucursal o agencia en el país, dice que, de conformidad con las disposiciones de las leyes 5125 y 6788, las sociedades anónimas nacionales y extranjeras están obligadas a remitir los balances a la Inspección General de Justicia para su publicación.

Que de los antecedentes relacionados, y que lucen todos en el expediente, resulta que no se encuentran cumplidos en el sub judice ninguno de los requisitos que la Corte Suprema conecptuó necesarios para justificar la existencia de una sucursal en la causa "S. A. Las Cabe zas Ltda. c./ D. G. IL R.", citada en el tercer considerando de este pronunciamiento. Tampoco abona en favor de las pretensiones de la actora la sentencia dictada por este Tribunal el 14 de marzo de 1945 en los autos "The Argentine Northern Land Company Ltd. c./ Fisco Nacional", donde solamente se dijo que de la prueba analizada en la sentencia de primera instancia y, especialmente, de la peritación efectuada por un contador público, resultaba fehaciente acreditada la existencia de la sucursal en la República Argentina, que requiere el

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:768 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-768

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