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Fallos: 220:766 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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Que en el informe presentado por los peritos a fs.

86 se deja constancia que la actora lleva libros comerciales con independencia de la firma Waldron y Wood, la que tiene, sin embargo, una sección especial con empleados particularmente asignados para atender y llevar libros y asuntos de otras compañías de las que la firma local, o sus miembros, son apoderados o administradores entre las cuales se encuentra la actora. Los peritos Caride y Petrera entienden que las operaciones registradas en los libros de "The Patagonian Sheep Farming C°° no son efectuadas por la firma Waldron y Wood sino por la actora misma, en las condiciones a que ya hicieron mención. Mientras que para el perito Esteban Vicente dichas operaciones son realizadas por la firma Waldron y Wood y por A. T. Waldron, quienes, de acuerdo con los poderes que tienen otorgados, administran, dirigen y gobiernan todos los asuntos y negocios de la actora. No existe constancia en los libros de que la firma actora posea escritorios propios en Buenos Aires, ni actualmente ni en los años anteriores, como tampoco que haya contrato de loención alguno. Sus oficinas y su administración local funcionan en los mismos escritorios que ocupa como arrendataria la firma Waldron y Wood, siendo esta locataria de la Compañía de Seguros North British € Mereantile (cuarta pregunta). A la quinta pregunta los peritos Caride y Petrera informan que conviene distinguir entre la firma Waldron y Wood Soc. Colectiva y la firma Waldron y Wood y sus socios, administradores y apoderados de la actora, pues la primera no da instrucciones como entidad independiente a la actora pero sí las da la firma Waldron y Wood o sus socios en su calidad de administradores y apoderados de "The Patagonian Sheep Farming €?"°. La firma inglesa no tiene empleados propios, respuesta a la sexta pregunta, En toda operación

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:766 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-766

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