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Fallos: 220:754 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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de la aetora, Waldron y Wood y/o sus socios y apoderados remiten a la actora, en Inglaterra, todos los detalles de la contabilización en ésta, balances y cuentas de pérdidas y ganancias y análisis de los diversos eapítulos contables. La actora abona a Waldron y Wood sumas en concepto de honorarios de representación y contabilización, Alfred William Spooner es la persona que se halla al frente del establecimiento de Tierra del Fuego, recibe una remuneración mensual por sus funciones de administrador y rinde cuentas a Waldron y Wood, (contestación de los peritos Vicente y Tiscornin a la segunda pregunta; el otro perito, Caride, dice que las operaciones registradas en los libros de la actora no son efectuadas por la firma Waldron y Wood, sino por la actora misma). A la quinta cuestión los peritos Caride y Tiscornia contestan, que debe distinguirse entre la firma Waldron y Wood sociedad colectiva y la firma Waldron y Wood y sus socios administradores y apoderados de la actora, pues la primera no da instrucciones, como sociedad independiente, en la administración de la estancia de Tierra del Fuego pero sí las da la segunda, o, sea la firma Waldron y Wood en su calidad de apoderados, Los mismos peritos informan que la actora no ticne oficinas propias en Buenos Aires puesto que funciona en los mismos loeales y edificios que arrienda la firma Waldron y Wood; no teniendo, asimismo, empleados propios (sexta pregunta). En toda operación convenida entre la actora y terceros ha quedado aquélla siempre obligada, asumiendo Waldron y Wood obligaciones únicamente euando ha actuado como consignatario y no coma apoderado de "The Cullen Station Limited" (0etava pregunta).

Que los mismos peritos, al informar sobre las cuestiones propuestas por la actora, afirman que las operaciones realizadas por ésta en el país no importan cum

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:754 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-754

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