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Fallos: 220:757 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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existencia de una sucursal en la causa "S. A, Estancia Las Cabezas Ltda. e./ Dirección General del Impuesto a los Réditos"', citada en el tercer considerando de este pronunciamiento, Tampoco abona en favor de las pretensiones de la actora la sentencia dictada por este Tribunal el 14 de marzo de 1945 en los autos "The Argen tine Northern Land Company Ltd, c./ Fisco Nacional", donde solamente se dijo que de la prueba analizada en la sentencia de primera instancia y especialmente de la peritación efectuada por un contador público, resultaba fehacientemente acreditada la existencia de la sucursal en la República Argentina, que requiere el art. 16 de la ley 11.682 para eximirla del recargo del 30.

. Que en la causa "The Patagonian Sheep Farming O" e. Fisco Nacional" sentenciada en esta misma fecha, se verifica que otra sociedad extranjera también tiene como apoderados a Waldron y Wood de esta plaza, lo mismo que la actora y en iguales condiciones, lo que confirma el informe de los peritos sobre que los nombrados Waldron y Wood se ocupan de representar a compañías extranjeras que poseen estancias en la Argentina.

Por tanto, habiendo dictaminado el Sr, Procurador General, se confirma la sentencia apelada de fs. 188, con costas.

Ronorro G. VaLenzuena — To-, MÍS D. Casares — FELrs Santiaco Pérez — Aritio Pessacno,

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:757 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-757

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