mejor proveer, y especialmente el inc. f) del art, 1" de la Resolución Ministerial N" 4052 de marzo 15 de 1949, ratificada por el Decreto N° 22.914 de setiembre 17 de 1949 (fs, 190), que con referencia a los juicios seguidos por la Nación contra las ex-empresas británicas, dispone que ",,, serán desistidos tanto los que tengan por causa hechos o actos anteriores como posteriores al 1/7/46", y lo prescripto en el art. 4" del referido decreto, que establece que "Los distintos Departamentos de Estado y las reparticiones descentralizadas deberán ceñirse a las normas establecidas en este Decreto, en cuanto a las reclamaciones que se encontrasen pendientes, sin perjuicio del replanteo de las mismas por la vía admisistrativa en la forma que rige para las diferencias de orden patrimonial entre las distintas ramas de la administrativa en la forma que rige para las diferencias procedencia de la solución a que se alude.
Por ello, se confirma, sin costas, y en cuanto ha podido ser materia del recurso concedido a fs. 177, la sentencia de fs. 175, "RoboLro G. VaLenzueLa — Tomás D. Casares — Feure SaxtIao Pérez — Arm. :
PessaoNo.
FERROCARRILES DEL ESTADO v. FRANK E,
ROMERO DAY
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Generalidades.
Es procedente el recurso ordinario de apelación en tercera instancia interpuesto durante la vigencia de la 4055, e Et excede de cinco mil pesos.
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1273
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