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Fallos: 220:1058 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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1058 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA desde 1944 hasta 1946 —de pública notoriedad según lo hace constatar la Corte Suprema de la Nación en la sentencia registrada en el t. 214, pág. 254 de la publicación oficial de sus Taljos LU y 4) No DE puede establecer con la isión indispensable ADA ALA A do! App cp tecedentes, ya que comúnmente se toma como tal la del otorgamiento de la escritura pública como formalidad que con harta frecuencia se cumple transcurrido un lapso, a veces consideraho derde al enurento privado en el que me AA el precia, me.

que ectra importancia en dl ete, qn qaata de Tio sostenido y violento del alza de valores, que caracterizó an las ie do A ron a autos, y al que se hizo en el punto expropiación y En consecuencia de ello, el Tribunal se atendrá, para la Aeterminoción de valor del inmuslle exprepiado, Al método indirecto de tasación, siguiendo el temperamento adoptado por el Tribunal Administrativo —es decir, el de capitalización de la productividad anual del cesmpo en la explotación de la cría e invernada de vacunos, al que estaba dedicado en la época de la demonita (fs. 411)— E. e variantes necarias pOr una justa apreciación res que son objeto de distintos rubros.

La adopción del método indirecto para la valuación pone de manifiesto la fundamental discrepancia entre el dictamen del perito Ing. Girbent y el informe del Tribunal de Tasaciones, sobre la determinación de dos valores fundamentales para establecer la productividad ganadera del campo, a saber: el valor del novilfito, "e terminado "" empoede. Mieniras el lo tasa en y el segun en $200 (e 0 y 270 vta), el Tribunal Administrativo valuaba el primero en $ 110 y el segundo en $ 180 (fs. 441 y 412), Este organismo no expresa ls; razones.que lo determinaron a apartarse del valor asignado por el perito al novillo invernado y, para valuar el novillito, tomó como base el promedio de operaciones efectuadas sobre vacunos en general, sin especifieación ca Me 412 y da ae mt Era r de una consignataria de esta ciudad, un informe destinado A esclarecer los valores (fs. 432 y 433).

De dicho informe resultó que el promedio de precios obtenidos en las ventas efectuadas en el segundo trimestre de 1945, en la zona central de la provincia de Buenos Aires, fué de E 00 pora len novillos $e 8 + 12 meses, y de $ 200 para novillos 2 a 2 años, libres de gastos, en el merendo de

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1058 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-1058

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