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Fallos: 22:418 de la CSJN Argentina - Año: 1880

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chalana en que habian venido, pero que cuando llegaron al frente de la Paz se trasladaron á un bote que Ramos de Maria habia sacado de un punto del tránsito, y puéstolo al costado de la chalana, habiéndoles referido que habia tenido ocultamente amarrado ese bote por haberlo encontrado en el arroyo e Correntoso » algunos dias despues de la última tormenta que habia acontecido: que hasta ese punto les acompañó Camargo por no querer continuar viaje y que ellos siguieron aguas abajo hasta el Rosario, donde la policia los hizo presos. Tambien en su confesion f. 60 v. ratificando su indagatoria declara ademas que los acompañaba en su marcha de fuga para el Rosario Encarnacion Torres, esposa de Ramos de María á quien este sacó de regreso de la isla « Garibaldi» en que tenia su ranchada, pues que allí habia quedado cuando fueron de la Paz ú robar el buque y donde tuvo lugar la muerte dada 4 Hernandez.

De la de Ignacio Ramos de María f. 27 v. á f. 30 aparece hecha igual referencia sin otra disconformidad que la que se notará en lo siguiente: aseverase el hecho de la asociacion entre él y Calderon y Palacios como el de haberse embarcado en la Paz juntos y con su esposa Encarnacion Torres á quien dejó en su ranchada de paso para la isla en que se hallaba el buque núufrago, con el intento de robarlo; mas que la determinacion del ° robo les fué sugérida por Camargo que los invitó, al encontrarlos en el rio y acercándose á ellos en una chalana en que llevaba un riduncho del buque tumbado que les dijo que iba ú ocultarlo para quedarse con él, seducidos entónces á robar lo demas que contuviere el buque, acordando esto con Camargo; al dia siguiente fueron ellos al punto de la isla en que este los esperó, pues que en el se hallaba de guardian de dicho buque con su compañero Hernandez: que al aportar allí y ver á Florentino Hernandez que era su enemigo que su presencia le causó tal enojo ó disgusto, que no pudo contenerse y sin mas palabras que las de recordarse algunos agravios que le habia hecho, des

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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:418 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-418

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