CAUSA X
D. Felipe Correas, contra D. (Gabriel Fornes, sobre cobro de pesos Sumario. — 1 Hecho un convenio por el cual uno ha tomado sobre sí las responsabilidades de un pleito y ha prometido depositar ciertos valores en garantía del litigante, las sumas que el primero ha depositado en poder del fiador de resultas, diciendo : 4" que hacia el depósito para garantir los resultados de la fianza con arreglo al convenio, y 2" que el fiador se ratificaba en el cargo de depositario de los fondos destinados á garantir las responsabilidades contraidas, deben considerarse como afectadas tanto ú la garantía del fiador de resultas, como del fiado.
2" Por consiguiente, si el litigante ó el fiador han tenido que pagar en virtud del pleito mas que lo que importan los valores depositados, el depositante no tiene accion para pedir su restitucion contra el fiador depositario.
3" Y menos la tiene habiéndose probado que con el importe depositado se ha comprado un crédito de mayor suma que el mismo depositante ha hecho valer y compensar contra el ad— versario en el pleito comprado.
4" No importa que los pagos hechos por el litigante ó el fia
Compartir
82Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1880, CSJN Fallos: 22:40
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-40¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 22 en el número: 40 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
