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Fallos: 22:252 de la CSJN Argentina - Año: 1880

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VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte :

Buenos Aires, Octubre 18 de 1879.

En 8 de Febrero de 1877 compareció ante el Juzgndo á cargo del Dr. Albarracin, Pedro Magnate Cervas y declaró su participacion en el robo de los objetos que conducia la goleta Luisa, frente ú la Colonia, y que por órden del capitan Rovellio, procedió al incendio de dicha goleta, en union con los demas marineros que la tripulaban.

A peticion del Procurador Fiscal, y en vista de esta confesion en la complicidad de un doble crímen, fué reducido á prision en Marzo 22 de 1878, no habiendo podido ser habidos los demás marineros, por haber desaparecido del pais.

Desde esta fecha ha permanecido preso sin que se le haya tomado su confesion, ni se le haya nombrado defensor, ni haya sido mencionado siquiera en la sentencia del Juez de Seccion, cuyo proceder en este caso no es disculpable y debe V. E.

hacérselo saber.

En esta misma fecha vuelvo al conocimiento de V. E. el proceso seguido con motivo del incendio de la espresada goleta Luisa, siendo mi opinion que fué intencional, y pidiendo la pena de seis años de presidio para el capitan, y que siga la causa con respecto á los marineros, cuya complicidad ni puede ser escusada con la órden que dicen haber recibido del capitan.

Vueltos estos autos al Juzgado de su procedencia, será la oportunidad de que el olvidado preso por un año y medio, pida"lo que á su derecho corresponda.

Eduardo Costa.

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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:252 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-252

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