Llama desde luego la atencion, el abuso llevado al esceso que por una y otra parte, se ha hecho en este caso del tiempo y la paciencia de los magistrados; escritos de cincuenta pliegos, se contestan con otros de 80; y no hay incidente por sencillo que sea, que no dé orígen á miles de palabras; olvido semejante de preceptos bien conocidos de la ley, no debiera ser tolerado, pues es la ruina de los mismos litigantes y el descrédito del foro.
Sería así de parecer manifestara por ello V. E. su desagrado á los 1etrados que han intervenido en esta causa, recomendándoles al mismo tiempo, usaran de mas precision en sus escritos, pues no hay necesidad de escribir volúmenes para decir lo que puede caber en unos pocos pliegos.
En medio de esto inmenso piélago de palabras, dos hechos han traido principalmente el convencimiento á mi espíritu, de que no es casual ni inocente este siniestro:
1 Que contra la asercion positiva del Capitan, y no obstante, todos los esfuerzos que ha hecho su defensor, está probado que la goleta se desvió de la ruta que debió seguir, y estuvo fondeada á corta distancia de las Islas Farallon y San Gabriel, frente á la Colonia.
2" Que es de todo punto inverosímil é inadmisible la causa 4 que el Capitan atribuye el incendio, y culpable por demás del abandono que hizo de su buque, sin haber intentado el mas lijero esfuerzo para salvarlo.
1 La goleta « Luisa», segun protesta de f. 356, salió de este Puerto el dia 2 de Noviembre. Se ha dicho despues con un interés que se alcanza fácilmente, que solo salió el 3 ó el 4, invocando en apoyo de esta asercion, el despacho de la Aduana, fecha 3 y la póliza del seguro fecha 4; pero ante la afirmativa del Capitan que dice, á los pocos dias del suceso, que « SALIÓ EL
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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:243
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