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Fallos: 22:189 de la CSJN Argentina - Año: 1880

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CAUSA L
Alcarcer con Sivori, sobre desercion de recurso.

Sumario. — No mejorándose la apelacion dentro del término del emplazamiento, se declara desierto el recurso á la primera rebeldía que acuse el apelado.

Caso. — En los autos de Alcarcer con Sívori el apelante no mejoró el recurso en el término del emplazamiento y el apelado acusó rebeldía. Y Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 1° de 1880.

Por lo que resulta del precedente certificado y á mérito de lo dispuesto por el artículo doscientos catorce de la Ley de Procedimientos, declárase desierto el recurso de apelacion; devuélvanse en consecuencia los autos prévio pago de costas y reposicion de sellos por el apelante.

J. B. GOROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
—S. M. LASPIUR.

LA 13

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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:189 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-189

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