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Fallos: 22:159 de la CSJN Argentina - Año: 1880

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Fallo del Juez Seccional Buenos Aires, Noviembre 21 de 1879.

Visto el incidente promovido por D. Pedro Paeta, sobre no parte para contestar la demanda, y de que resulta :

1" Que con el documento de f. 1 del espediente ejecutivo se ha seguido juicio contra D. Amadeo Arata, cobrando la cantidad de (2950 $) dos mil novecientos cincuenta pesos moneda corriente, procedentes de un pagaré redactado á consecuencia de una chancelacion de cuentas entre demandante y demandado, haciéndose presente que ese saldo procedia salvo error ú omision; 2" Que como resultado de ese pagaré se ha entablado demanda, pidiéndose por el demandado D. A. Arata, rendicion de cuentas de las comisiones 6 negocios que habia celebrado con el demandante; 3° Que corrido traslado de la demanda se ha deducido por parte del Sr. Paeta la escepcion de no parte, fundado en que la cesion del espresado crédito hecha 4 D. Juan Gaitan le escusa de toda ingerencia en el juicio que debe instruirse contra el cesionario, á quien se han trasmitido los derechos en virtud de la cesion, y que además la accion debia haberse deducido al iniciarse el juicio ejecutivo ; 4 Que el demandante Sr. Arata, contesta: que ha podido deducir en cualquier tiempo su accion sobre rendicion de cuentas ; que no ha podido entablar contrademanda porque el juicio seguido ha sido ejecutivo; y que la cesion del crédito no impide deducir las acciones que correspondan contra el cedente en razon de los negocios anteriores á la redaccion del documento con que se ha iniciado el juicio ejecutivo, pidiendo su absolucion, con costas, y

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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:159 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-159

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