Procurador Fiscal, se concede á D. Hugo Hutz la carta de ciudadanía que solicita, y prévio el juramento de ley que prestará 4 su nombre su representante, espídasele en forma.
Andres Ugarriza.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte.
Pienso con el señor Procurador Fiscal.
La ley de ciudadanía, á mas del hecho natural de la residencia, presupone la intencion de continuar residiendo en el país que la acuerda, aceptando sus beneficios y sus cargos.
Debatese ha mucho tiempo en la Union Americana una cuestion de la mas alta trascendercia, á saber: si los estrangeros naturalizados conservan el carácter de ciudadanos americanos al volver al país de su nacimiento.
El Gobierno Americano ha sostenido siempre « que no puede haber sinó una clase de ciudadanos, y que toda distincion entre los adoptados y los nativos es injusta». Por el contrario los Poderes Europeos y especialmente la Prusia, no admiten que baste haberse ausentado por un corto número de años y haber tomado carta de ciudadanía para romper los vínculos que ligan al hombre á la tierra en que nació.
Cuestion es esta cada dia mas ardiente; que asume las proporciones de bandera de partidos y figura en primera línea en los programas de los que aspiran á la presidencia de aquella gran nacion.
Se concibe que pueda dudarse si un individuo que toma carta de ciudadanía, al volver al país de su nacimiento, conserva ó no el carácter con que fué investido.
No se concibe, empero, que sin haber tomado carta de natu
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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:156
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