ser contraloreada conforme con el art. 10 mencionado.
Por lo mismo, no habiendo acto administrativo definitivo por cuanto no hay decisión del poder administrador, no existe cosa juzgada. Por consiguiente no hay ningún derecho adquirido en propiedad y, por tanto, no existe lesión alguna a las garantías constitucionales, Que como lo huee constar Ia sentencia en recurso, esta Corte Suprema tiene resuelto que, si bien la base para la liquidación del impuesto es la declaración jurada, si los datos de ésta son considerados inexactos o incompletos la Dirección del Impuesto tiene la facultad de hacer las investigaciones pertinentes, conforme lo disponen los arts. 6, 10 y siguientes de la ley 11.683, t, o.; Fallos : 197, 209. Todo, sin perjuicio del derecho del contribuyente para probar fehacientemente en juicio —como le corresponde— los errores que atribuye a las liquidaciones practicadas por la Administración, Fallos:
210, 107, lo eual excluye toda posibilidad de que quede en pie cualquier forma de violación de la defensa cn juicio, contra lo que pretende el actor.
Que la misma parte solicita confirmación de la sentencia en lo que se refiere a intereses hipotecarios, mientras la demandada pide la revocatoria sobre el particular. La Cámara ha fundado su pronunciamiento en escrituras públicas y documentos que obran en autos, en tanto que el Fisco hace referencia a recibos donde constaría un tipo mayor de intereses que los estipulados, Pero esos recibos no fueron presentados en el juicio y aun cuando en el acta labrada por el inspector figura una declaración del deudor en tal sentido, ella no tiene fuerza para enervar las constancias de un instrumento público, en ausencia de los recibos que, se afirma, fueron otorgados por el acreedor. Corresponde, pues, confirmar también en este punto la sentencia,
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Año: 1950, CSJN Fallos: 218:585
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