de expropiación, cuyo -pago corresponde a la contraria, es improcedente el recurso ordinario de apelación interpuesto contra el auto que fija el monto de aquéllos (').
"ALBERTO ARZAC CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.
La garantía constitucional de la defensa en juicio asegura :
a los interesados la libertad de defenderse por sí mismos, pero no es obstáculo a la previsión legal de las condiciones que han de llenar los defensores, ni a la determinación de las circunstancias a que está supeditada su intervención (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fundamentos de orden común.
El rechazo del nombramiento de defensor realizado a favor del peticionante, sobre la base de la posibilidad de que su intervención en los hechos de que trata la causa —denuncia por defraudación— hace posible la comisión del delito de prevaricato, es cuestión decidida por razones de derecho común y de hecho y no sustenta el recurso extraordinario e invoquen las cláusulas constitucionales sobre en juicio y libertad de trabajo, que carecen de relación directa con dicha cuestión.
JOSE MARIA CULLEN (HIJO)
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento. s " No incumbe a la Corte Suprema pronunciarse en la sentencia que dicte con motivo del recurso extraordinario, sobre la prescripción de la acción penal deducida ante 1) 13 Fallos: a 5 a
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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:98
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