gorio Olagaray contra la empresa del Ferrocarril Buenos Aires al Pacífico, con costas al actor. — Octavio Gil,
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
En la ciudad de Mendoza, a 24 días del mes de junio de 1949, reunides en su Sala de Acuerdos los Sres. Vocales de la Excma, Cámara Federal de Apelación de Mendoza, Dres, Jorge Vera Vallejo, José Elías Rodríguez Saá y el Sr. Procurador Fiscal Dr. Luis Alberto Carenzo, en reemplazo del Sr. Vocal Dr. Agustín de la Reta, designado por resolución de fs. 106 vta, trajeron a Aerea para dictar sentencia definitiva, los autos caratulados: "Juan Gregorio Olagaray contra Empresa del Ferrocarril Buenos Aires al Pacífico, por Indemnización por Preaviso y Despido", venidos del Juzgado Federal de Mendoza, a virtud de los recursos de apelación y nulidad interpuestos a fs. 97, contra la sentencia corriente a fs, 91 y siguientes, El Tribunal planteó las siguientes cuestiones a resolver:
T. ¿Es nula la sentencia apelada? TI. El empleado ferroviario comprendido en los beneficios de la ley N° 10.650, tiene derecho a demandar de la empresa respectiva, las indemnizaciones establecidas por la ley 11.729 TIT. ¿Caso afirmativo, se ha acreditado el despido en que el actor funda su demanda? IV. ¿Las costas? De conformidad a lo dispuesto por el art. 156 del Reglamento de la Corte Suprema de la Nación para los Tribunales Federales y 4 del de la Cámara, se estableció por sorteo, el siguiente orden de votación: Dr. Carenzo, Dr. Vera Vallejo y Dr. Rodríguez Saá.
Sobre la 1 cuestión, el Dr. Carenzo dijo: :
El recurso de nulidad no ha sido mantenido en esta instancia, por lo que de acuerdo a la constante jurisprudencia del Tribunal en casos semejantes, corresponde tenerlo por desistido, y en ese sentido doy mi voto, Los Dres Vera Vallejo y Rodríguez Saá, adhieren al voto precedente, Sobre la ? cuestión, el Dr. Carenzo dijo: :
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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:911
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