SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Bs, Aires, 30 de abril de 1948, Y vistos: Los promovidos por el Fisco Nacional contra María A. de Hours y otro sobre expropiación, y Considerando :
1" Que el Sr. Procurador Fiscal manifiesta en su presentación de fs, 17 y 18 que el inmueble ubicado en la calle Balcarce N' 1445-47 de esta Capital, propiedad de la parte demandada debe ser objeto del juicio de expropiación que se instaura y luego de invocar lo dispuesto en el decreto del P. E. al que alude en ese mismo escrito, solicita conjuntamente con otras medidas de orden procesal que ya se han cumplido en autos, que se dicte sentencia declarando transferido el dominio del bien de que se trata, a favor de la Nación, a cuyo efecto ofrece la suma de dinero que señala en la demanda. .
Agregados a los autos los títulos correspondientes a dicho inmueble, de los cuales resultan las dimensiones, ubicación y características del mismo y no habiendo sido aceptado el precio ofrecido, se realiza la audiencia del art, 6" de la ley 189 presentando la parte demandada el escrito de fs, 68 y la actora el que corre a fs, 71 en los que se proponen peritos, Habiéndose manifestado en disidencia los mismos, el Juzpedo designa perito tercero y juntos presentan la pericia a 8. 75.
El perito de la parte actora, en disidencia, establece el valor del inmueble expropiado teniendo en cuenta el terreno y la edificación e instalaciones existentes en la suma de $ 113.870,60 7, manifestando que lo haze considerando los antecedentes que ha tenido a la vista para su estudio, sin especificar cuáles han sido ellos.
El perito de la parte demandada y el tercero designado por este juzgado emiten su dictamen de acuerdo en todos los puntos y asignan un valor total de $ 251.042,72 " al bien en expropiación.
En presencia de esta disparidad de criterios, debe tenerse te que las conclusiones a que llegan el perito de la
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datos que han traído al juicio para demostrar en qué forma se ha arribado a esa determinación. Han hecho mención del
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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:90
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