30 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
TITO SACCHETTI
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Causas criminales.
Habiéndose acreditado ante la Corte Suprema que el extranjero cuya extradición solicitan los tribunales de su país ha sido condenado por ellos en rebeldía, aquélla debe tomar en consideración este hecho nuevo para fallar la causa.
EXTRADICION: Extradición con países extranjeros. Generalidades.
La condena en rebeldía no obsta a la extradición cuando se reconoce el derecho del requerido para hacer valer sus defensas y excepciones ante los jueces del país que lo reclama, como ceurría bajo la antigua legislación italianz Puesto que la reforma de 1930 excluyó sin limitación alguna, la posibilidad de un nuevo juzgamiento en presencia del reo, y dado que nuestras leyes —como consecuencia de la garantía consagrada en el art, 29 de la Cor itución Nacional— no contemplan el procedimiento contu macial y exigen, por el contrario, la personal intervención en el juicio del imputado, no corresponde acceder a la extradición pedida por las autoridades italianas, pues en ello se hallan comprometidos principios que interesan al orden público de la Nación.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, mayo 31 de 1949.
Y vistos: para dictar sentencia en el presente pedido de extradición formulado por vía diplomática por el Ministerio de Gracia y Justicia a requerimiento del Procurador de la República Latina, contra Tito Sacchetti, italiano, hijo de Alesandro y de Augusta Costantini, nacido en Monte Compatri Italia) el 24 de diciembre de 1919, soltero, mecánico, domiciliado en esta Capital, calle Sarmiento 1831, de los que resulta:
L Defs.1a 18 se agregan los documentos que justifican la identidad de Tito Sacchetti; la orden de detención, las disposiciones del Código Penal y de Procedimientos italianos en que funda el procedimiento y la orden de captura del nom
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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:340
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