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Fallos: 217:120 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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| ponía defraudar el patrimonio de la Caja Nacional de | Ahorro Postal, mediante una burda falsificación de su libreta de ahorro, toda vez que en autos no existen ele- :

mentos de juicio que permiten suponerlo.

| Por estas consideraciones y demás fundamentos de la resolución de fs. 7, opino que corresponde dirimir la presente contienda de competencia en favor de la justicia del crimen de la Capital Federal. — Bs. Aires, junio 5 de 1950, Año del Libertador General San Martín, — Carlos G. Delfino.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA ¿ Bs: Aires, 22 de junio, Año del Libertador General San Martín, 1950.

Autos y vistos: Considerando:

Que en el proceso seguido contra Juan Arnoldo Martres por estafa y falsificación, el Sr. Juez de Instrucción en lo Criminal de la Capital, en la inteligencia de que —conforme a lo dictaminado por el Fiscal— del examen de la libreta de la Caja Nacional de Ahorro Postal agregada a los autos surge la posible comisión del delito de falsificación de instrumento público, se declaró incompetente para conocer de este delito por tratarse de un documento público nacional y dispuso paralizar el sumario sobre estafa hasta que aquél sea juzgado y remitir, a ese efecto, a la justicia federal de la Capital las piezas correspondientes (fs. 33, 41 vta.

del expediente n" 23.939 y fs. 9 del expediente n' 747).

Que, a su vez, el Sr. Juez Federal se ha negado a intervenir en la causa, por una parte, en razón de no existir elementos de juicio que permitan considerar

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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:120 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-217/pagina-120

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