impuesta en la resolución administrativa de fs. 65 del expediente respectivo. Impónese a la S. A. Vicente Lauriente Ltda. la obligación de pagar las costas del juicio.
Luis R. LoxcHr — Roporro G.
VALENZUELA — Tomás D.
Casares — FELIPE SANTIAGO Pérez — AtIiLI0 Pessacxo.
CESAR BRAVO
SERVICIO MILITAR.
No está comprendido en la excepción prevista en el art.
41, ine. 4". de los deeretos 19.285/45 y 14.584/46 el ciudadano que atiende con su trabajo personal a la subsistencia de su hermana mayor de edad, no incapacitada para trabajar (').
ALBERTO GONZALEZ ALBARRACIN v. JOSE J. MARONI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en Ada. instancia.
Es improcedente el recurso extraordinario fundado en la inconstitucionalidad de la ley 12.998 reformada por la ley 13.288 que, no obstante haber podido ser prevista y planteada por el actor cuando promovió la demanda sobre desalojo, fué tardíamente invocada después del fallo de primera instancia que rechazó la acción, en el escrito de interposición del recurso de inaplicabilidad, sin darse conocimiento de ella al demandado ni habérsela decidido por la cámara de apelaciones al fallar dicho recurso (2).
— o) 2d » Fallos: 211, 113.
da) EA Fallos: E 509; 215, 216.
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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:723
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