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Fallos: 216:514 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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concordantes expresadas a fs. 118 y 140 solicito se confirme la sentencia apelada en cuanto condena a Alejan- .

drino Salgueiro como autor responsable del delito de homicidio simple (Cód. Penal, art, 79) y la modifique en cuanto al monto de la pena que pido sea elevada a dieciocho años de prisión, accesorias legales y costas.

Buenos Aires, septiembre 1 de 1949. — Carlos G. Delfino.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 24 de abril, Año del Libertador General San Martín, 1950.

Vistos los autos "Salgueiro Alejandrino, homicidio de Ramón Julián Avalos — Paso de los Libres"', en los que se han concedido a fs. 146 los recursos ordinarios de apelación interpuestos por el señor Procurador Fiscal y el señor Defensor Oficial.

Considerando:

Que la defensa se funda en el estado de ebriedad de Salgueiro y acude, para confirmarla, al informe médico de fs. 15 vta. Dicho informe es muy escueto pero, a pesar de esto, suficientemente claro en cuanto afirma haber constatado que el homicida se encontraba alcoholizado pero, ello no obstante, con capacidad para dirigir sus actos.

Que el testigo sobresaliente en esta causa es Maximiano Alegre (fs. 25), amigo del procesado y a quien acompañó, desde la mañana, en el día en que tuvo lugar el homicidio, hasta el momento en que fué consumado el hecho. Este testigo declara que Salgueiro, conocido suyo, le invitó a desayunar en una churrasquería donde y comieron carne y tomaron unas copas de cerveza. Luego

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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:514 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-216/pagina-514

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