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Fallos: 215:270 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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sey, votaron la cuestión planteada por la negativa, por los fundamentos del voto del señor Juez Dr. Ramírez Gronda.

Con lo que terminó el acto firmando los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia. — Francisco Brunet (hijo).

— Fernando Demaría Massey. — Eduardo A, Illescas. — Julio M. Escobar Sáenz. — Julio Moreno Hueyo. — Juan D. Ramirez Gronda. — Cayetano Giardulli (h.).

Sentencia La Plata, 31 de diciembre de 1948.

Vistos y considerando:

Por mayoría:

Que como lo ha señalado el Señor Fiscal de Estado, en las actuaciones administrativas, la Nación no ha adquirido la zona donde se encuentra el aeropuerto; habiéndolo arrendado por intermedio de la Dirección General de Aeronáutica; no siendo admisible que en esas condiciones se niegue a la provincia sus condiciones de imperio en cuanto no estorben los fines perseguidos por el Gobierno Federal.

Que en causas sensiblemente análogas, al sub-júdice, este Tribunal ha declarado que la Provincia tenía jurisdieción impositiva sobre establecimientos comerciales sitos en la zona adyacente al Puerto de La Plata (B. 27.950, 18, V. 515, y en la B. n? 28,875, 19", VII, 121) refiriéndose precisamente al Aeropuerto Pte. Rivadavia, que la jurisdieción nacional no puede ser exclusiva por faltar el requisito de adquisición por compra o cesión; y que la concurrencia de las dos jurisdieciones nacional y provincial son legítimas; Que debe tenerse en cuenta la nueva jurisprideneia de la Corte Suprema de la Nación, según la cual "la legislación exclusivamente propia del Congreso Federal en los lugares adquiridos en las. provincias para establecimientos Ge utilidad nacional es la concerniente a la realización de la finalidad del establecimiento de que se trata y las facultades legislativas o administrativas de la provincia, en que la obra de utilidad nacional se establece con la adquisición del lugar indispensable, no quedan excluídas de este último sino en cuanto su ejercicio interfiera con la realización de la finalidad de la obra nacional y la ebste directa o indirectamente" (Fallos: 201, 537) ;

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Año: 1949, CSJN Fallos: 215:270 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-215/pagina-270

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