CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
La garantía de la defensa en juicio no requiere la doble instancia judicial ('), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos.
La cuestión referente a la declaración de rebeldía en segunda instancia es de orden procesal y ajena al recurso extraordinario (2), 
EDUARDO A, SANCHEZ CESCHI v. PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes, Cuestión justiciable, No puede sustentar el recurso extraordinario, por tratarse de una cuestión política cuya solución no incumbe a los jueces nacionales, la invocación de los arts. 5 y 106 de la Constitución Nacional derogada, en cuanto disponían que las constituciones provinciales serían dictadas conforme a lo prescripto en la primera, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comes. Cuestión justiciable. 
No puede sustentar el recurso extraordinario, por tratarse de una cuestión política, la pretensión de que la inamovilidad dispuesta para los jueces nacionales por el art. 96 de la Constitución Nacional derogada, alcanza también a los magistrados de provincia en virtud de lo establecido en los arts. 5 y 106 de la referida Carta.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Cuestión justiciable, Ni el art. 18 ni el 19 de la Constitución Nacional derogada permiten que la Corte Suprema conozca respecto de cuestiones no justiciables, como son las de índole política.
1) Fallos: 212, 105.
2) Fallos: 213, 397.
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Año: 1949, CSJN Fallos: 215:157 
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