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Fallos: 214:353 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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de Santa Fe entendió dictar el decreto n° 2185 del 7 de mayo de 1940, lo mismo que cl de otras provincias, como Buenos Aires (decreto n" 189 del 17/6/1940), Entre Ríos (decreto n° 198 del 4/7/1941), San Luis (decreto n° 431 del 4/9/1941), Mendoza (decreto n° 953 del 9/10/1941) y Tucumán (decreto n° 460 del 20/3/1942).

Basta recordar, al respecto, que según ley 11.672, punto 15 in fine del art. 102 del T. O. edición de 1938 —122 del T. O. de 1939— además de las funciones de fiscalización que le atribuye cl punto ?, corresponde a la Superintendencia de Seguros promover la reducción del capital de las compañís de seguros en los casos que prevé el art. 369 del Código de Comercio, y que el deercto reglamentario de su régimen legal (n° 23.380 del 6 de febrero de 1939) establece en cl art. 37 que dicho organismo "prestará su concurso a los gobiernos de provincia toda vez que éstos lo requieran para la mejor consecución de los propósitos perseguidos por la loy y sus reglamentaciones".

Que, por consiguiente, el Dr. Valle ha actuado en el desempeño de tareas que le correspondían como funcionario de la Nación y con expresa autorización del Superior Gobierno de la misma, según consta en el decreto que le designó (fs. 39 y 71).

Que a través de una serie de fallos concordantes 193, 345; 197, 161; 199, 394; 205, 545; 207, 129; 210, 643 y 830; 211, 1814; sentencia del 5 de mayo ppdo. in re "Jannun Husne, cohecho") la jurisprudencia de esta Corte Suprema se ha orientado en el sentido de que corresponde a los jueces nacionales de sección el conocimiento de los delitos cometidos por o contra los empleados de la Nación en el desempeño de sus funciones, por ser misión legítima y propia de esa justicia la defensa y el resguardo de las instituciones e intereses federales fundada en la consideración de que el go

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:353 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-214/pagina-353

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