r es FALLOS DE LA CORTE SUPREMA do de cosas existente en el momento de la demanda y la contestación. La circunstancia alegada después de re"suelto el incidente sobre competencia —fs. 46 y 61 del principal— en calidad de "hecho nuevo" y consistente en la adquisición del ferrocarril demandado por el Gobierno Nacional, con efecto retroactivo, no autoriza así la invocación del fuero federal en la especie —conf, Doc.
concordante de Fallos: 202, 441; causas: "Pereyra Feliciano e./ Cía. Arg. de Petróleos Astra, S. A." y "Diain de Uballes, Susana B. e./ Elfi Secundino s./ accidente" falladas en 29 de noviembre de 1948 y 7 de febrero del ete, año respectivamente—.
e Que puede todavía añadirse que la jurisprudencia eitada responde a evidentes razones de conveniencia, análogas a las contempladas por el art. 87 del Cód. de Procedimientos Supletorio, y aun que por tratarse en la especie de un juicio contra dos demandados, uno de los cuales no ha objetado la competencia —D. Octavio Minciarelli, fs. 9 del principal— ni consta sea aforado, la incidencia promovida a fs. 70 ha debido de cualquier modo desestimarse —doct. Fallos: 166, 281; 181, 85 y 465; 186, 330; 210, S35 y otros.
En su mérito y habiendo dictaminado el Sr. Procurador General se desestima la precedente queja.
Tomás D. Casares — FeLirE S. Pérez — Luis R. Lose — JusTO L. ALvarez RoDrÍíGUEzZ.
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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:68
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