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Fallos: 213:327 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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deduce acción contenciosa de una resolución de la Administración General de Impuestos Internos"" y en la que resuelve:

Confirmar en todas sus partes la resolución administrativa de fs. 37, por la que se condena a la sucesión de Gregorio Juárez, al pago de una multa de siete mil trescientos sesenta y dos pe808 con cincuenta centavos moneda nacional; con costas, y Considerando:

En cuanto a la nulidad:

Que por no haber sido fundada, ni apareciendo de autos que se haya incurrido en ningún defecto u omisión de los que por expresa disposición del derecho, anulan las actuaciones, corresponde desestimar dicho recurso y así se declara.

En cuanto a la apelación :

Por los fundamentos del dictamen del Sr. Fiscal de Cámara y los del "allo en recurso, se confirma la sentencia apelada, declaranúo sin embargo, que la ley 4128 citada por el a quo, carece de aplicación en el fuero federal; con costas. — Luis M. Allende. — Miguel A. Aliaga: — Rodolfo Otero Capdevila.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bucnos Aires, 7 de abril de 1949.

Vistos los autos "Sucesión Gregorio Juárez —deduce acción contenciosa de una resolución administrativa de Impuestos Internos", en los que se ha concedido a fs. 132 vta. el recurso ordinario de apelación, y atento lo resuelto en la fecha sobre la procedencia del mismo, in re: "Galán, Dolores Gil de y otras v.| Gob. de la Nación".

Y considerando:

Que si bien con arreglo al art. 62 del Tit, VII de la Reglamentación General la toma de muestras no puede objetarse después de notificado el resultado del análisis

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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:327 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-213/pagina-327

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