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Fallos: 213:131 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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ENVIADA POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
AL PODER EJECUTIVO (')
Dos son las funciones que constitucional y legalmente incumbían a la Corte Suprema en el tiempo que comprende esta memoria (año 1948) : la decisión de las causas comprendidas en su jurisdicción ordinaria y extraordinaria y la superintendencia de la Justicia Federal y de la Justicia Letrada de los Territorios Nacionales. Pero la posición de esta Corte con respecto a la Justicia toda del país, con la cual comunica mediante el recurso extraordinario, y la responsabilidad inherente a su jerarquía le crean la obligación moral de tomar en consideración de alguna manera todos los problemas orgánicos del orden judicial y a expresar su juicio sobre ellos. Esta Memoria, dispuesta en el artículo 77 del Reglamento General, ofrece la oportunidad de dar esa opinión al cabo de cada año. Tres serán, en consecuencia, los capítulos de ella: desenvolvimiento de las actividades del Tribunal en su función específicamente judicial; ejercicio de la superintendencia, y juicios generales sobre algunos problemas actuales de la organización judicial.

I La actividad judicial de la Corte durante el año 1948 está expresada en las respectivas planillas estadísticas que son parte integrante de esta memoria. Aquí sólo importa dejar constancia de las siguientes cifras:

1) Ver en la púg. 184 la acordada que la aprobó.

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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:131 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-213/pagina-131

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