DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 1 | Ana mano vue valija clica Y Todos estos movimientos fueron observados por el Ayudante 1 Guardacostas) D. Raúl D'Stéfano, que se encontraba de servicio, per lo que dirigiéndose al encuentro de Tullio, lo inteTrogó con respecto a esos bultos y, al comprobar que no habían Eine de inspección, lo condujo a la Sala de Revisión de ipajes, donde atendidos por los Guardas Mario F. Fripp y Dionisio E. Saavedra, se constató que la valija y el paquete contenían relojes de diferentes calidades y marcas y alhajas | en general. Al ser interrogado Tullio por el motivo de no haberlos traído anteriormente, manifestó que no lo había hecho, por no tenerlos documentados; Que, con tal motivo, los empleados pasaron el parte de fs. 1, denunciando el hecho y procedieron a labrar un acta con el detalle de las alhajas secuestradas que corre a fs. 3/12; Que dispuesta la instrucción del sumario regestivo y hecha la ecmunicación telegráfica a la Direeción eral de Adunnas, se procede a inventariar, elosificar y aforar, según Tarifa, los efectos detenidos con la intervención de los intcresados y de los empleados de esta Aduana, señores Auxiliares 6" don Héctor Alvarez y Juan Pedro Groglio, en el carácter de Vistas, resultando relojes y alhajas por un valor de $ 2.835,72 oro sellado. como, lo informa la planilla agregada a fs. 44/47; Que al ser interrogado el mencionado Félix Oscar Tullio, expresa que al llegar a este puerto, no condnjo la valija y el paquete con las alhajas a la sela de revisión, en la creencia que no era necesario, pero que al tratar de subir a un vaporcito Ñ que estaba en el muelle, para dirigirse a Barranqueras, fué detenido por un gnardacostas, que le indicó que también debía hacer revisar esos bultos, cosa que obedeció. Que no traía doenmentos aduaneros del puerto de origen. porque no había tenido tiempo de saearlos en el puerto de Posadas y que. además, porane no lo ereyó imprescindible desde que las alhajas que conducía son argentinas, pues provienen de Joyería y Relojerío "El Palacio de las Joyas", situada en Buenos Aires, enlle Río Ramha 452 v enyo propietario es el señor Santiago Kohan, siendo él vendedor viajero desde el año 1939 para la zona de los Territorios Nacionales. Que la procedencia argentina de las alhajas, la puede certificar la Oficina de Impuestos Internos de la Nación, donde la casa eomunica mensual mente las ventas efectuadas, además de llevar los libros rubricados que marca la ley. A una pregunta, contesta que no llevó a la revisión la valija y el paquete con las alhajas, porque : tenía entendido que al venir de puerto argentino, únicamente
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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:121
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