ISAAC OROZCO IMPUESTOS INTERNOS: Régimen represivo. Defrandación y simples infracciones.
de: La existencia de contravención a las leyes de impuestos internos y sus reglamentos puede resultar de la contabilie dad del contribuyente, o de documentos emanados y reconocidos por éste, aun cuando las constancias de los mismos no concuerden con las de los libros oficiales, siendo en tales casos, a cargo del interesado la prueba de su inocencia, que no resulta de la circunstancia de no estar esclareE las maniobras necesarias para completar la evasión iscal. , Es demostrativa de la inexactitud de las anotaciones en los libros oficiales, referentes al traslado de una partida de vino, la manifestación explícita del contribuyente, de la que aquélla resulta, en cuyo supuesto, la absolución del interesado requiere la prueba por éste de su inocencia.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
San Juan, diciembre 12 de 1947.
Y vistos: Estos autos N° 11.813, caratulados: "Orozco Isanc — Recurso contencioso administrativo", llamados a fs. 70 vta. para dictar sentencia y con el sumario administrativo No 190, Sección 24, año 1945, agregado a fs, 3 y sigtes., de los que a" Resulta:
1") Que empleados de la Adm. Gral, de Impuestos Internos, con fecha 24 de octubre de 1944, concurrieron a la bodega de la firma Ahun Hnos. ubicada en Caucete con el objeto de practicar un inventario general de existencias de vinos y valores fiscales, ocasión en la que en atención a la circunstancia de encontrarse el libro oficial de la bodega en poder del representante de la misma, Sr. Basualdo, fueron informados en forma verbal por D. Elías Abraham Ahun sobre el movimiento habido durante el mes, correspondiendo señalar a este respecto especialmente la información relativa al hecho de no haberse efectuado un traslado de vino por la cantidad de 12.000 litros que oportunamente se gestionara.
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1948, CSJN Fallos: 212:241
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-212/pagina-241
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 212 en el número: 241 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos