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Fallos: 212:167 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de octubre de 1948.

Vistos los autos "Centurión Mariano, Martínez Lorenzo, Ramírez Magín y Riquelme Ramón o Ramón Riquelme Díaz, homicidio", en los que se ha concedido a fs. 292 el recurso ordinario de apelación.

Considerando:

Que la sentencia apelada al confirmar por sus fundamentos la pronunciada por el inferior a fs. 277, declara la ec-participación y culpabilidad criminal de todos los imputados por homicidio en la persona de José David Ruiz, hecho acaecido el 5 de diciembre de 1942 en el paraje "Las Maderitas" próximo a la localidad de Pozo de Tigre en el Territorio Nacional de Formosa y en virtud del cual, se impone a Lorenzo Martínez, Mariano Centurión y Magín Ramírez la pena de 20 años de prisión con accesorias legales y a Ramón Riquelme Díaz la de 10 años de prisión en razón de su minoridad arts. 79 y 37 inc. b del Código Penal, respectivamente).

Que, según se desprende de las pruebas aportadas a la causa, el hacendado José David Ruiz fué muerto de un tiro de winchester disparado a menos de cinco metros de distancia por su vecino el comerciante y agricultor Lorenzo Martínez, después de una brevísima in terpelación en el camino adyacente a la vivienda de amhos, en circunstancias que la víctima acompañado por su hijito y dos peones conducían un lote de hacienda vacuna para abrevar en el río Colorado (confesión de fs.

52, declaración de los co-procesados a fs. 55 y 61 vta.

y testigos presenciales, fs. 17, 21 vta., 36 y 41 vta.). El

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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:167 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-212/pagina-167

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