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Fallos: 211:714 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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COMPASIA NATIVA DE PETROLEO v. NACION
ARGENTINA
ADUANA: Importación. Prueba del destino.

A falta de prueba del destino real y efectivo de las mercaderías importadas, procede rechazar la demanda tendiente a obtener la devolución de los derechos aduaneros parados por aquel concepto (1).


MODESTO VICENTE RISSO

CIUDADANIA Y NATURALIZACION.
La prueba del nacimiento en el extranjero es también neeesaria en el caso de opción por la ciudadanía de origen.


PRUEBA DEL NACIMIENTO
Con arrezlo a los arts, 19 y 2? del deereto reglamentario de la ley 1? 346, no objetados como inconstitucionales, la justificación del nacimiento en país extranjero mediante prueba supletoria sólo es admisible cenando se de muestra que la presentación de la partida es imposible y que aquella prueba está expresa 0 implícitamente admitida por la ley del país de origen.

DicTaMEN DEL ProcvraDor FiscaL FEDERAL Señor Juez:

El peticionante debe suplir su partida de nacimiento en la forma exigida por el art. 2 del deereto reelamentario de la ley 346, de feeha 19 de diciembre de 1931, — Fiscalía, febrero 21 de 1947 — Iléctor Bullrich Urioste, 1) 19 de julio de 1948, Fallos: 173, 435.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:714 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-714

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