El fondo del asunto se reduce a fijar el valor del predio a expropiarse, materia que por su naturaleza es ajena a mi dictamen, Buenos Aires, octubre 27 de 1947.
— Carlos (. Delfino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, julio 2 de 1948. 
Y Vistos: Los autos caratulados "Buenos Aires, la Provincia contra Schoo Lastra Ana María Devoto de, sobre expropiación", tramitados originariamente ante la Corte Suprema, de los que resulta:
Que a fs, 7 del expediente agregado por cuerda separada n° 16070 año 1945, se presenta el Sr. Agente Fiscal en representación de la Provincia de Buenos Aires, ante el Juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial del Departamento del Centro de aquella provincia y entabla demanda de expropiación contra Da. Ana M. Z. Devoto de Schoo Lastra o quien resulte propietario, de una fracción de tierra que tiene una extensión de 1784 hectáreas, 10 áreas, 42 centiáreas, 5291 centímetros cuadrados, ubicada en el Partido de General Pinto, con los linderos que detalla y deslindada en el plano de fs, 60 del expediente letra G n' 5 año 1927 M. O. P. que según expresa, se encuentra incorporado con el G. 458-944, al juicio "Buenos Aires, la Provincia contra Gandulfo de la Serna, sobre expropiación", en trámite ante la Corte Suprema.
Adjunta a su presentación, copias legalizadas de los -—° deeretos Nos, 11897 y 16590 y manifiesta que según resulta de los citados antecedentes administrativos, el Poder Ejecutivo provincial, por decreto de fecha 27 de julio de 1945, dictado en virtud de lo dispuesto por la
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:513 
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