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Fallos: 211:476 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
La Plata, noviembre 30 de 146.

Y vistos: para dictar sentencia en la querella entablada por "Salinera Española, Ballester y Molina, S. A. Tndustrial", contra los señores Ernesto Mieueles y Franeiseo Gareía, sobre imitación fraudulenta de marea y Considerando:

1) Que en la audiencia de que instruye el aeta de fs. 75 Ja actora formaliza querella contra Migueles y García por imitación frandulenta de marea invocando la protección de los títulos que tiene registrados bajo los números 194.430 y 194.431.

que corrén a fs. 8 y 11, para distinguir sal gruesa y sal fina, elase 22, según la descripción que consignan los respectivos documentos, marcas constituidas por una combinación de colores que les da derecho a su uso exclusivo; y por ello, impugnan los envases que usan los querellados, como una imitación fraudulenta enstigada en el art. 48 de la ley 3975 y pide se los condene al máximo de la pena allí establecida, pago de las costas, daños y perjuicios y demás accesorios legales.

2) Que los querellados representados por su apoderado el Dr, Francisco Luis Barreto, en la respectiva audiencia, reproducen como defensa lo manifestado en el escrito de fs. 54, sosteniendo que no han imitado, falsificado ni adulterado la marca de los querellantes, ni existe, en el caso, uso indebido de envases. Afirman que desde 1931 se hallan establecidos en la plaza de Avellaneda, dedicándose al fraccionamiento y reventa de sal fina y gruesa para comerciantes minoristas, adquiriendo mercadería a distintas casas salineras productoras, entre ellas a la propia firma querellante, como lo acreditan las siete facturas que acompaña, siendo algunas de ellas de los años 1933, 1935, 1937 y 1938, firma que durante todo el lapso de mis de 13 años ha tenido amplio y cabal conocimiento de su negocio de fraccionamiento y reventa, conociendo como es obvio sus envases o bolsitas.

Sostiene que un examen detenido y minucios.; de los envases de la querellante para el expendio de la sal "Cibeles" y "sal Extra" comparativamente con los envases que ellos usan con la denominación de "El Timón", revela que son totalmente diferentes en tamaño o tipo, del dibujo de la marca "ibeles".

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:476 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-476

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