DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 259 INTERESES: Relación jurídica entre lus partes. Erpropiación, En los juicios de expropiación no procede imponer al Estado el paro de intereses sobre la suma que se fije si no fueron pedidos al contestar la demanda, COSTAS: Naturaleza del juicio, Espropiación, La imposición de las costas de primera instancia al expropiante es procedente, si el importe que se muta pagar en «definitiva es superior a lo ofrecido más la mitad de Li diferencia entre éste y lo reclamado por la parte demandada, Las costas de alzada se imponen con arreglo al resultado de los recursos,
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Salta, 6 de mayo de 1947.
Y vistos: El presente juicio de expropiación seguido por el Gobierno de la Nación contra Sueesión Franeisea Costas de Patrón, hoy propiedad Unión Inmobiliaria del Norte, S. A..
exp. N" 20.033 9467 y Resultando :
Que a fs. 53 54 vta, se presenta el Sr. Proc, Fiseal reemplazante, Dr. Alberto €. Velarde, por la Nación, y expresa:
Que de acuerdo al decreto núm, 975 46 (fs. 45,47). en nombre de la Nación. promueve juicio de expropiación de 769 hectáreas, 1693 m5, de mos terrenos ubicados en las inmediaciones de la Estación Alvarado, Provincia de Salta, denomina do campo El Aybal", encerrados dentro de los siguientes límites: al Norte, ruta 51 en medio con el resto de la Estaneia "El Aybal"': al Este, vía de los FF. CC, del Estado; al Sud.
chacra San Miguel: y al Oeste, resto de "El Aybal" y Estancias San Rafael y la Esmeralda: que los límites deseriptos son los que fieuran en los planos que corren agregados a los expedientes administrativos iniciados ante la Secretaría de Aeronántico. Dirige la acción contra la sueesión de Da. Francisea Costas de Patrón, hoy propiedad de la Unión Inmobiliaria del Norte, S. A. 0 contra quien o quienes resulten ser propietarios, loeadores o usufrnetuarios, Que sobre las bases de las tasaciones hechas por el Baneo Hipotecario Nacional, fué avaluada en la suma de 5 176.075.085
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:259
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