cuela de Aviación Militar y la vía férrea que da cuenta el plano de fs. 23.
Conforme a estas apreciaciones, el suscripto considera equitativo fijar como retribución por metro cuadrado, las sumas de $ 0,80 para la manzana 1; $ 1,00 para los lotes de las manzanas 3, 4, 8, 13, 18, 22 y 27; $ 0,80 para los ubicados en las manzanas 5, 10, 28, 32 y 138; $ 1,36 para los de la manzana 11; $ 1,46 para los lotes de la manzana 6; $ 0,90 para los de las manzanas 9, 14, 23 y 37; $ 1,26 para los de la manzana 21; $ 0,75 para los de la 29 y 34; $ 0,70 para los de la 30 y 35: y $ 0,96 para los de la manzana 36, con una superficie total aproximada de 61.004,73 mts.2.
Que en cuanto a las mejoras existentes en el lote 5 de la manzana 21, debe estarse a la valuación del perito del actor, en mérito al mal estado de conservación de las mismas (fotografía de fs. 22), y fecha de la desposesión.
Por estas consideraciones, fallo: Haciendo lugar a la demanda y declarando transferidos al Estado Nacional Argentino, el dominio de los lotes números: 5/n de la manzana 1; 13, 14, 15, 16, 24, 25 y 26 de la manzana 3; 13, 21, 23, 24 y 25 A de la manzana 4; 13, 14, 15, 16, 21, 22 y 24 de la manzana 5; 1, 2, 7, 8,9, 10, 13, 14, 15, 17, 18, 19 y 28 de la manzana 6; 3, 8, 9, 13, 16, 17, 18, 20, 21, 22 y 23 de la manzana 8; 1, 2,3, 4, 5, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 26, 27 y 28 de la manzana 9; 3, 4, 5, 24 y 27 de la manzana 13; 3, 7, 8 y 9 de la manzana 14; 3 de la 18; 3, 4, 6, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 28 de la manzana 21; 1, 2, 9, 10, 13, 18, 25 y 26 de la manzana 22; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 29, 23, 24, 95, 26, 27 y 28 de la manzana 23; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 29, 23, 24, 25, 26 y 27 de la manzana 27; 12 y 26 de la 28; 7, 8 y 9 de la manzana 29; 11 y 12 de la manzana 30; 1, 2, 3, 4, 27 y 28 de la manzana 32; 1, 2, 3 y 28 de la manzana 34; 4, 26 y 27 de la manzana %5; 2 y 28 de la manzana 36; 7, 8 y 9 de la manzana 37, y lote 7 de la manzana 38, incluso mejoras, ubicados todos en Pueblo s Arsenal", Depto. de la Capital, Córdoba, con una superficie total aproximada de 61.004,73 mts, al precio de $ 59.755,92 7, con más los intereses al 6 sobre la diferencia que resulta entre la suma consignada y la mandada a pagar, y que se computarán desde el 28 de agosto de 1942, fecha de toma de posesión por el Gobierno Nacional. Con costas a cargo del uctor. — Rodolfo Barraco Mármol.
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:1461
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