628 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA moneda nacional, con intereses al estilo de los que cobra el Banco de la Nación Argentina a partir de la notificación de la demanda. Sin costas atento la naturaleza de las enestiones debatidas, Tomás D. Casares — FELIPE S.
Pérez — Justo L. ALVAREZ d Ropríavez,
NACION ARGENTINA v, ANGEL MARCOS LOPEZ
EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.
La circunstancia de que el dueño del inmueble que se expropia haya parado por él muehos años antes, por haber ereído en la posibilidad de ma valorización que no se produjo, una suma No precede acordar al dueño del inmueble expropindo, como precio de las mejeras, una cantidad inferior a la que fija el perito propuesto por el Estado si este último pidió, al proponerlo, que el importe de la indemnización fuera el determinado por dicho experto. EXPROPIACIÓN: Indemnización. Otros daños. A efecto de fijar la indemnización por la expropiación correspende tener en cuenta la cirennstancia de tratarse de un desapoderamiento forzoso que, al recaer sobre un inmueble en el enal sn propietario tenía en vías de ejeención un edificio, eausa un perjuicio que no existe en el easo de los terrenos baldíos. INTERESES: Relación jurídica entre las partes. Erpropinción. El demandado que no ineurrió en demora alumna para retirar el importe consignado por el Gobierno Nacional,
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:628
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