traordinario según es de reiterada jurisprudencia, la referida cláusula constitucional no puede considerarse violada ni por la circunstancia de haberse decretado una medida "para mejor proveer", ni por el apartamiento del tribunal apelado de su jurisprudencia anterior que se aduce. Así lo ha resuelto esta Corte en Fallos: 189, 234 y 306 y otros, a lo que en la especie debe agregarse que la pericia caligráfica es sólo uno de los elementos de juicio en que la sentencia se funda. Fallos: 186, 398; 189, 306 y otros.
Que en el escrito en que el recurso extraordinario se interpuso se ha omitido precisar disposición alguna concreta de ningún tratado o ley federal susceptible de autorizar la concesión del recurso extraordinario. No basta desde luego, al efecto, la invocación genérica del Derecho del Trabajador, aún admitiendo, a título de hipótesis, que pueda revestir el enrácter alegado. Fallos:
208, 78 y los allí citados.
Que además, resulta de los autos que la pena impuesta al recurrente por la sentencia apelada, ha sido cumplida —fs. 192— lo que también impone la denegación del recurso intentado, Fallos: 209, 337 y otros.
En su mérito y por los fundamentos del dictamen del Sr. Procurador General se desestima la queja que antecede, Tomás D. Casares — FELIrE S.
Pérez — Luis R. LonGar — Justo L. ALVARez Roprícuez.
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:557
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