DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 213 al procesado, emplazándosele, en su caso, para que designe defensor ante el tribunal de apelación bajo apercibimiento de designarse el oficial.
me 41) Para la tramitación de las causas por inenrolamiento fracción a la ley de enrolamiento se aplie carán las disposiciones de los arts. 569 y siguientes del Código de Procedimientos en lo Criminal. En las causas sobre excepciones al servicio militar se dará intervención al defensor oficial siempre que el interesado fuese incapaz, Prueba de 42) Cuando se decrete prueba pericial con in tervención de más de un perito el auto que la disponga expresará que los expertos deben practicar unidos la diligencia y expedir su dictamen en un solo escrito, consignando el fundamento de sus opiniones sean ellas concordantes o discordes y, en su caso, las razones por las cuales los disidentes no coinciden con los otros. En los juicios de expropiación se hará la misma prevención a los peritos designados por las partes, y si estos discordaran deberán hacerlo saber al tribunal de la causa a los efectos de la designación o intervención de un tercero, con cuyo concurso ex pedirán unidos y en un solo escrito su dictamen, ateniéndose a lo expresado en el apartado primero del presente artículo.
Cuando se trate de la valuación de inmuebles deberán consignar los precios correspondientes a operaciones similares, expre
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:213
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