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Fallos: 210:212 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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Los oficios, rogatorias, certificados y otras piezas análogas, llevarán, además, en cada foja, media firma y el sello de tinta correspondiente a quienes los expidan.

Comunicacio- 37) Las comunicaciones a los agentes diplomáE ticos extranjeros acreditados en el país, diplomáticos se harán por oficio dirigido al Ministerio Aporción de Relaciones Exteriores.

Jero. Los exhortos a autoridades judiciales extranjeras podrán remitirse, directamente a los agentes diplomáticos de la nación o, en su defecto a los cónsules acreditados en el país respectivo, con arreglo a lo dispuesto en el decreto del 11 de octubre de 1872.

Comunicacio- — 38) Las comunicaciones a la Corte Suprema idea deberán dirigirse a la secretaría de la Suprema, misma, Sin embargo las resoluciones mencionadas en el art, 112 serán comunicadas por los tribunales federales y letrados al prosecretario administrativo de la Corte Suprema.

Emplaza- 39) Cuando se concedan recursos para ante la mientos. Corte Suprema se fijará en la providencia que los otorgue el término del emplaza miento a que se refiere el art, 211, ?° parte, de la ley 50, y se notificará de ello a los interesados. Exceptúase los recursos concedidos por los tribunales de la capital federal, siempre que las notificaciones a los litigantes pudieran hacerse dentro del radio de la misma.

Botitienció 40) Toda sentencia condenatoria en causa cride minal deberá ser notificada personalmente

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:212 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-212

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