de expropiación de 804 hs., 92 ás. 91.3065 m?, El impuesto territorial, no diseriminado, tasa el primero en min. 55.600 y al segundo en m$n, 12.900 = 68.500; pero siendo más o menos elevado, la jurisprudencia desecha la tasación fiscal como base para valorar inmuebles que se expropian (fs. 74). Como ninguno de los expertos especifican los precios de la compraventa de terrenos de la zona, sino que tasan y dividen la superficie conforme a lo susceptible de aprovecharse para pastoreo, cultivos, loteo, ubicación turística, proximidad a caminos públicos, etcétera —hipotético y antilegal tasar por eventual productividad—, el suscripto se ve obligado a atenerse a que atribuyó, mediante aquellos precios de compraventa de la zona, y como promedio, en el predio de Enriqueta Crespo de Galán Córdoba, que se halla al norte y cuyas características y situación son las mismas del campo sub-examen y, desde luego, —.
disminuido por razón de que a mayor extensión corresponde menor precio unitario, Se tasó en m$n. 0,10 el metro cuadrado y aquí corresponde reducirlo en una tercera parte, o sea, a mn. 0,06,66. Totalizaría: m$n. 53.661,55 (C.S.N., in re Pcia, de San Juan v. Contreras, 30-VI-1887; Fallos: 41,407.
Idem, in re Morón v. Pcia. de San Juan, 18-IX-1929. Fallos:
155, 332, Ley 189, artículo 16. Expte. 28-G-1943: Gobierno Nacional contra Galán Córdoba, Nicasio). .
2 Mejoras. A) Los alambrados sólo el perito Izquierdo especifica su cantidad y precio; pero no indica la madera de los postes y el material de las varillas. El de mán. 0,60 el metro, que propone, es bajo con relación al de plaza cuando la toma de posesión, sea con respecto a los alambres o a los postes, a lo que hay que añadir la mano de obra: el de mn.
1,50 el metro es equitativo, La tranquera hase de valuar en mn. 50, El cerco importa mn, 3.050 (Izquierdo, fs. 130).
B) Los edificios, casi todos depredados cuando la toma de posesión, según las fotografías y la inspección ocular, se tasan en mn. 4.450; un horno en mn, 2.500; y un pozo con bomba de mano que resulta sólo del acta de aquélla: min, 100 acta fs. 17 a 22; insp. ocular, fs. 23. Troglia, fs. 193 vta.).
Potal de las mejoras: m$n. 10.000.
3 Que sólo hay algunas muestras de explotación de cal y de granito y los bosques han sido casi totalmente explotatados —Troglia: fotografías, fs. 4, 5, 8; 79); pero cuando se tomó la posesión del predio no hubo noticia de actividad extractiva e industrial ninguna; es más, las casas no sólo estaban en mal estado cuando las adquirió la expropiada —acta:
3 Je junio de 1936 (fs. 38)—, sino que la depredación poste
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:1003
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