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Fallos: 21:242 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Fallo del Juez Sereional.

San Luis, Diciembre G de 1878 Y vistos estos autos -equidos por Don Nemecio Quiroga como representante de la Sucursal del Haneo de Mendoza en esta ciudad, contra Don Pablo CGriesel, sobre rescision de un con ato de locación y pago de arrendamientos procedentes del mismo, de los que resulta:

1" Que en fecha nueve de Abril del año mil ochocientos setenta y cinco, Don Julio Almeira celebró con Don Pablo Griesel un contrato de arrendamiento, por ocho años, de una finca de su propiedad, ubicada en la Villa de Mercedes, jurisdiecion de esta Provincia, estipulándose el canon anual de doscientos pesos fuertes pagaderos, el primero adelantado y los siguientes al vencimiento de cada año.

2" Que en fecha veinte y uno de Mayo del año mil ochocientos setenta y siete, Don Julio Almeira transfirió la propiedad del fundo enunciado al Banco de Mendoza, segun aparece en la escritura pública corriente de fojas 3 á 0, aceptando espresamente su representante, el señor Quiroza, las obligaciones contenidas en el citado contrato de loeacion.

3" Que en fecha catoree de Enero del presente año el representanto del Banco demanda 4 Griesel la rescisión del contrato, pidiendo además el pago de los arrendamientos vencidos, indemnización de pérdidas é intereses y costas; fundándose en el derecho que le acuerda el artículo ochenta y siete, título 67, capítulo 5, libro Y, del Código Civil, por haber el locatario dejado traseurrir mas de dos períodos sin pagar el arrendamiento estipulado, 4" Que Griesel, al contestar la enunciada demanda, se opone á la rescisión, negando el hecho de haber dejado transcurrir mas

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-242

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