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Fallos: 21:23 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Por parte del actor se han producido las pruebas siguientes :

1° Un informe del Comisario de los Corrales, ante quien se dedujo primeramente la cuenta, que afirma que Lahora solo negó una parte de la cuenta; ? El dictámen de los peritos nombrados por ambas partes, segun lo dispuesto por el Comisario para revisar los libros, p:peles y cuentas, en virtud del cual los peritos que son D, Pascual Eehauri y D, Felipe Keller declaran que la cuenta presentada está conforme con las partidas de los libros respectivos, con la sola diferencia de diez libras de carno á diez reales arroba; 3° La partida sacada de un libro auxiliar del actor, que está conforme con la cuenta de f. 4.

Por parte del demandado, solo se ha presentado la prueba de testigos que contestan á las preguntas del interrogatorio de foja 19, ninguno de los cuales se contrae al punto pertinente de haber liquidado y cancelado Lahora sus cuentas con el Sr.

Pozo, La prueba del actor es completa, pues consta de ella, que cuando Lahora negó en parte la cuenta, y se propuso la cuestion ante el Comisario de los Corrales, este dispuso que ambos nombrasen revisadores de los libros y libretas respectivas, ú lo enal aecedió el demandado, nombrando por su parte á DD. Felipe Keller, y por parte de Pozo á D. Paseunl Echauri quienes revisaron los libros y papeles en presencia de las partes, y se espidieron declarando estar conforme la cuenta con los libros, salvo la diferencia de diez libras de carne, segun consta del acta corriente á foja 7.

El argumento del demandado Lahora de que la antigua sociedad de Moreno Hos. y €", de que era gerenteel Sr. Pozo, habia liquidado y terminado su cuenta, resultando mas bien, que ella le debía, segun consta de las diligencias presentadas sobre la demanda contra D. Manuel Maria Moreno, carece de valor alguno: 1 porque la liquidacion debió hacerse con el gerente

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-23

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