Montiel le decia, on efecto, á Martinez, que viese la gente del Pozo de la Vaca que estuviese inscripta, y marchase d su frente á las elecciones.
José Diaz, Segundo Allende y Mariano Arias, que uno de los grupos de votantes que se hallaban en la asamblea electoral, debian sufragar por la lista de candidatos que sostenía el Gefe Político. E Teodomiro Moreno y José Morales, aseguran lo mismo de vidas; y solo Nabor Lopez y Rafacl Martinez, afirman lo contrario.
Las dos cartas corrientes en autos, presentadas por D. Rejino Lopez y D. Rafacl Martinez, y dirijidas 4 cada uno de ellos por el Gefe Político. En ellas se dice: « que necesita que € vean la gente inscripta en el Registro Nacional y la lleven « ú votar ú las elecciones ».
Los testigos Andrés Lopez y su hijo Rejino, afirman que el Gefe Político pidió al primero, que le facilitase unas mulas que necesitaba para mandar la gente ú la votacion. Lo mismo declara Rafael Martinez, rectificando, empero, acto continuo, que las mulas eran para proporcionarias al Presidente del Club D. José Carranza. —.
J. Saturnino Chacon y Adalberto Hormaeche, declaran que el Gefe Político se encontró en una reunion electoral, pero que no habló nada sobre el asunto que se discutia, agregando el último, que en dicha reunion propuso D. David Ruiz á los concurrentes; que ayudasen al Gobierno y al Gefe Político en las próximas elecciones. Eleodoro Sarmiento, que oyó á D.
Rufino Silva que el Gefe Político habia formado un Club, Los testigos Cármen Magallan y Mariano Arias, afirman, haber oido, el primero 4 D. Manuel Torres, pariente del Gefe Político, y el segundo 4 un hijo de él (de Torres), que el Gefe Político habia mandado hacer empanadas para obsequiar á Ja gente que debia votar por Cl; agregando Magallan; que durante
Compartir
52Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1879, CSJN Fallos: 21:228
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-228
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 21 en el número: 228 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos