Falle de la Suprema Córte Buenos Aires, Abril 17 de 1879, Vistos: por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado de foja cincuenta y una, satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
J. DB. GOROSTIAGA, — O, LEGUIZAMON. —
ULADISLAO FRIAS.
— LID
CAUSA XXXV
D. Santiago Olivera por el D' D. Pedro Roberts contra D.
Joaquín Imaz por cobro de pesos, sobre personería y defecto en la forma de la demanda, Sumario. — 4° El poder para pleitos otorgado por ante un escribano de Provincia, es bastante para presentarse en asunto judicial ante la justicia nacional.
Y No hay defecto en la demanda, cuando están claramente relacionados los hechos en que se funda,
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:182
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