E 264 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA :
Es En su mérito y por los fundamentos del dictamen a del Sr. Procurador General se desestima la precedente E queja,» e Tomás D. Casares — Luis R, M Losaitr — Justo L, ArvaLo REZ RoDríGUEZ, .
E — E 5 MANUEL COSTA v. INSTITUTO NACIONAL DE
E PREVISION SOCIAL
| E e JURBILACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Cómputo de IA servicios, El deereto 26,214/44 del 2 de octubre de 1944 no es apliA cable a los afiliados a la Caja Nacional de Jubilaciones y y Pensiones de Empleados Civiles que, por haber obteE nido su jubilación en la fecha en que aquél entró en > vigencia, habían incorporado 2 su patrimonio un derecho E adquirido, E
E SENTENCIA DE LA CÁMARA DE APELACIONES DE LA JUSTICIA
E DEL TRABAJO
E Bs. Aires, 10 de setiembre de 1947.
Le Y vistos: El recurso presentado por D. Manuel Salvador E Costa contra la resolución del Instituto Nacional de Previsión e Social de fs. 75 vta,, 76; y E L Considerando :
E Que las pretensiones del recurrente deben ser cone sideradas a través de las disposiciones de orden legal y reglaE mentarias que rigen la materia, en el momento en que se r solicita, y siendo ello así, es digno mencionarse que el interet Sado, se presentó el 23 de agosto de 1944 solicitando el cómputo E de retribución de horas extraordinarias y valor locativo de Lo la casa habitación que le otorgaba el banco (fs. 35), habiendo E obtenido la jubilación el 28 de agosto de 1944,
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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:264
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