258 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs, Aires, 5 de noviembre de 1947.
Y vista la precedente causa caratulada: " Actor Trineo S. Resp. Ltda. Demandado: Gobierno de la Nación, Causa s. devolución de impuestos" en la que se ha concedido el recurso ordinario a fs, 49, Y considerando:
Que no se discute que la única protesta de la parte actora fué la telegráfica formulada en oportunidad del primer pago parcial del impuesto que repite, sin hacer entonces referencia a los pagos ulteriores, El telegrama decía así —fs. 25 del expte, administrativo 254, 213—: "En la fecha abonamos pesos dos mil como pago parcial de la suma exigida por disposición decreto P, E. 1" 66443 del 5 de julio 1940, Este pago hecho como fabricantes de caramelos lo hacemos bajo protesta por reputar inconstitucional dicho decreto en lo que nos concierne por alterar tanto ley 12.148 art, 45 extendiendo indebidamente alcance ya que esencias utilizadas no destinamos elaboración licores, Fundamos inconstitucionalidad en transgresión a art. 4 86, inc. 2? y concordantes de la Const, Nacional. Colaciónese, Va- .
lentín y Simón Litvia", Que se adeudaba la totalidad del gravamen cuando se remitió el telegrama por lo cual para que la profesta cumpliera sus fines, entre los cuales el primero es poner en conocimiento de las autoridades la disconformidad de los contribuyentes con el impuesto que pagan, bastó la formulación hecha en oportunidad del pago parcial efectuado, tanto más cuanto que el rórimen legal del impuesto en cuestión no autorizaba
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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:258
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