LA 132 PALLOS DE LA CORTE SUPREMA a.
E El actor en un período de más o menos cinco años compró E ocho propiedades de las cuales vendió seis, habiendo mediado E en les distintos coreo: quito le dicho de cmpea y Mide venta, los siguientes lapsos 1 : meses; ocho meses; É Tinoo" año y" dos meseo; dos años; tres años y cinco menes; | un mes. E Por de pronto una de esas operaciones no puede ser r elo, e Ad e | una ven :es Er inmbeble sito en la calle Cangallo 1014-1020 fué exproE: piado e Municipaided del Capital betálmáne al tetr E Ea diferencia de $ 321.000.—. Claro está que como venta LL forsosa no puede servir de índice apreciativo para determinar L una habitualidad en las operaciones del actor.
L En rente e des retantes africa 7 o E puede decirse lo siguiente: En 1! el actor compra dos casas y vende una plquicida Lote den sees Axiom, abteuiendo a | ganancia de $ min. En 1934, vende dos casas una de bh elias adquirida, diez y seis años antes Y la otra odio me antes. Esta última lo deja una gana de $ 68.765.—. En 1935 compra dos casas y no e steguee e 1E. emer Li otras dos casas y verde una, una pérdida de 771 pesos. En 1937 vende tres casas, dos de ellas adquiridas eatorce y dies y siete años antes y la otra es la que se expropió. En E 2988 vende des comes y compra una, mfriendo una Mirdida de E Tales pmteecientos dementes de dele a e E continuidad en las operaciones, por cierto no convencen oia tela de una periodicidad motivada por el ejerCitaltos elpecniativos persitentes. = ta de E En efecto: las operaciones más metil de Teee atención por el Mar que de entre la compra | y la venta, son tres, en una ellas dicho plazo fué de dos E meses y la utilidad sólo de $ 700 mn. ; en otra un mes y hubo una pérdida de $ 771 m/n. y por último, en la restante el | plazo fué de ocho meses y una ganancia de $ 68765 m/a. Y si además se agrega, que con motivo de todas speraciones ñ habidas, preseindiendo por los motivos ya dados de la que E correspondió a la venta forzosa, prácticamente en uno solo | AE TEA EL ñ a una eres Fe DAD AA AAA risó a las operaciones efectuadas por el actor, no demuestran Es -
|
Compartir
72Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1948, CSJN Fallos: 209:132
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-209/pagina-132¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 209 en el número: 132 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
