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Fallos: 208:496 de la CSJN Argentina - Año: 1947

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+:: declaración como testigos del matrimonio inquilino de la ga dende ae perpetro la infracción, a su vez sospechosos de participación en la misma (1),
AGUSTIN PEDEMONTE Y OTRO v. IMPUESTOS
INTERNOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento.

No suple la deficiencia del fundamento del escrito en que se interpuso el recurso extraordinario la circunstancia de hacerse referencia en el mismo al memorial presentado en oportunidad del informe in voce ante la Cámara Federal, antes del fallo apelado.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 19 de setiembre de 1947.

Y vista la precedente causa caratulada: "°°Pedemonte Agustín y Vargas Nariño Enrique A. —Imp.

Internos 2336-1-944"—, en la que se ha concedido el recurso extraordinario a fs. 191.

Y considerando:

Que con arreglo a lo resuelto por esta Corte en Ja causa "Muñoz Gonzalo, Impuestos Internos"" —fallada en 3 de setiembre del corriente año— el escrito de fs.

186 no funda debidamente el recurso extraordinario que en consecuencia correspondió denegar a fs. 191.

i Que no obsta a esta conclusión la referencia que el mencionado escrito contiene al memorial presentado en oportunidad del informe "in voce"" ante la Cámara 1) 19 de setiembre de 1947. Fallos: 197, 286,

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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:496 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-208/pagina-496

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