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E 266 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
ES
E demanda instaurada por Gregorio Pomar (Trniente Coronel e S. R.) contra el Gobierno de la Nación, sin costas. Belisario e Gache Pirán.
L- SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
i Bs. Aires, octubre 23 de 1946.
Considerando:
Que según aparece de los antecedentes agregados a los autos, el teniente coronel Gregorio Pomar fué dado de baja del Ejército por deereto dictado por el Gobierno provisional q el 22 de julio de 1931, como consecuencia de un suceso de carácter político-militar.
Que con fecha 19 de junio de 1941 fué sancionada la ley 12.673, en cuyo art. 1" se establece: "Concédese amnistía amplia a todos los que con anterioridad a la sanción de la presente ley hubieran cometido delitos políticos o delitos militares conexos con delitos políticos".
Que, de acuerdo con su propia experiencia, el recurrente se presentó ante el Ministerio de Guerra solicitando que la amnistía otorgada se rigiese por la ley 11.626 y no por la 12.673, lo que ha motivado resoluciones contrarias a las pretensiones del actor.
Que, como se ha visto, la ley 12.673, es de amnistía amplia, y en consecuencia el teniente coronel Pomar no tenía por qué invocar la ley 11.626, para gozar, desde el día que fué dado de baja hasta la fecha, los beneficios concedidos por la ley 12.673.
La Corte Suprema tiene declarado que "la amnistía es el La olvido de un heeho delictuoso para establecre la calma y la concordia social"... "extingue la acción y la pena si antes hubiese sido impuesta y borra la criminalidad del hecho" (Fallos, t. 165, p. 199); y ese sentido general se reafirma si se agrega que la ley 12.673 dice expresamente que la amnistía que e'la sanciona es "amplia" y comprende a "todos los que con anterioridad a la sanción de la presente ley hubieran cometido delitos políticos o delitos militares conexos con delitos políticos".
Que de acuerdo con lo expuesto, la reincorporación acordada por decreto 131501, de setiembre de 1942, vuelve al demandante a
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Año: 1947, CSJN Fallos: 207:266
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